La Jefatura de Gabinete, a través de la Decisión Administrativa 1533/20, exceptúa del cumplimiento de la obligación de cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a la actividad desarrollada por los psicólogos en los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.
Las personas autorizadas para desarrollar su profesión deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. Asimismo, quienes concurran a los consultorios de los profesionales autorizados deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención.