En el día de la fecha, fue publicada la Resolución General (AFIP) 4893/2020, a través de la cual se habilita el sistema web para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada y los REPRO II.
Los empleadores registrados en el Programa ATP podrán iniciar el procedimiento en la página web de AFIP entre el 30 de diciembre de 2020 y hasta 8 de enero de 2021, ambas fechas inclusive.
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