La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General (AFIP) 4802/2020, prorroga hasta el 30/09/2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente. Las misma se establece con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.
Por su parte ,también se habilita hasta dicha fecha el acceso al miniplan del impuesto a las ganancias para las personas jurídicas, en hasta 3 cuotas.
Finalemente, la norma establece que se extiende al 30/9/2020 el plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago para planes caducos.