La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 20 de septiembre, inclusive.
Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del
cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.
La decisión, prevista en la Resolución General 4807 que será publicada en el Boletín Oficial, mantiene habilitados los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior.
Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia
impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la
AFIP. No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos
que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.