El Poder Legislativo de la provincia de Chaco, sancionó la Ley 3036-G, a través de la cual se crea el Régimen de Apadrinamiento de Entidades Vinculadas a la Salud humana, con el objeto de estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos que tengan por objetivo facilitar el acceso a la prevención, el diagnóstico y/o el tratamiento de diversas enfermedades a los sectores más vulnerables.
La norma establece que serán benefactores del régimen las personas humanas o jurídicas que apadrinen proyectos aprobados.
De tal modo, los benefactores que apadrinen proyectos y sean contribuyentes del impuesto a los ingresos brutos, inscriptos en la Administración Tributaria Provincial, sea en el Régimen General o a través de Convenio Multilateral, podrán deducir el 70% del monto aportado para apadrinamiento, hasta un 10% del impuesto determinado por año calendario.