El Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires, dio sanción a la Ley 15.226, Ley impositiva 2021, que incluye modificaciones al Código Fiscal.
Entre los lineamientos de la norma, podemos destacar:
- Se establecen las alícuotas, importes mínimos y fijos correspondientes a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos para el período fiscal 2021.
- Ingresos brutos:
- Se disminuye del 1% al 0,75% la alícuota del impuesto aplicable a la actividad primaria.
- Se disminuye del 3% al 2% la alícuota aplicable a la actividad de transporte jurisdiccional e interjurisdiccional de cargas.
- Se establece la alícuota del 0%, exclusivamente para los meses de enero y febrero de 2021, a las actividades de prestadores de servicios turísticos; guías de turismo y de montaña; empresas de viajes y turismo; alojamiento turístico en todas sus modalidades; transporte turístico; transporte escolar; salones, espacios y servicios para eventos; centros y espacios culturales; productoras de eventos, audiovisuales, artísticas y técnicas; compañías artísticas; gestores y trabajadores culturales independientes; academias e institutos de danza, y jardines maternales. Para los restantes meses del año 2021, dichas actividades tributarán la alícuota específica establecida para cada una de las mismas.
- Impuesto de Sellos:
- Se disminuye del 2% al 1,74% la alícuota general del impuesto.
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