AFIP – FERIA FISCAL – CON EXCEPCIONES
La AFIP, mediante la Resolución General (AFIP) 4794, extiende la feria fiscal extraordinaria al período comprendido entre los días 17 y 30/08/2020, ambos inclusive. Como ya lo hemos informado oportunamente, en este período no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.
La novedad de esta extensión es que quedan exceptuados expresamente de la medida los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia, como así también los procedimientos de fiscalización relacionados con la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo.
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