La Agencia de Recaudación Tributaria Rionegrina, mediante la Resolución 837/2020 prorroga hasta el 01/12/2020, la fecha de entrada en vigencia del régimen especial de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a los servicios prestados por sujetos radicados, constituidos o domiciliados en el exterior que fuera reglamentado por la Resolución (ART Río Negro) 808/2020.
Recordamos al respecto, que la norma establecía en su artículo 3° la vigencia a partir del 01/11/2020.
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