El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publicó el Decreto 347/2020, a través del cual extiende, hasta el 30 de noviembre de 2020 inclusive, el plazo enunciado en el primer párrafo del artículo 11 de la ley 6301, que establece que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de los organismos competentes se abstendrá de solicitar judicialmente la traba de medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales (embargos e inhibiciones generales de bienes) tendientes a asegurar el cobro efectivo de los tributos y/o honorarios adeudados tanto en procesos iniciados con antelación como en aquellos a iniciar, salvo inminente prescripción de la sentencia.
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